INCAPACITACIÓN JUDICIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD


A partir del 3 de septiembre de 2021 no es posible incapacitar a ninguna persona en España y la figura de la tutela desaparece. Todas las sentencias de incapacitación previas deberán ser revisadas una a una (en el plazo máximo de un año si lo solicitada la personas incapacitada y de tres años si no es ella la que lo solicita) y adaptarse a la situación particular de cada caso. 

 

Como alternativa, se refuerza la curatela y un sistema de apoyos a la decisión por parte de la persona con discapacidad.

 

Todos los detalles están en la ley que lo regula, de junio de 2021.

 

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Ley 8/2021, de 2 de junio
BOE-A-2021-9233.pdf
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